Por ADAMIN
29 de octubre, 2026
ACTUALIDAD
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Ponencia de nuestro compañero Ramón Hervás en el Congreso MMH 2026, en Sevilla
El objeto de esta comunicación ha sido el análisis de competencias y atribuciones que tiene la Dirección Facultativa de las explotaciones mineras, es decir, tanto los Ingenieros de Minas como los Ingenieros Técnicos de Minas, actualmente Grados en Ingeniería de Minas, desde el punto de vista de las responsabilidades en seguridad y salud laboral en el ámbito de las explotaciones mineras.
Para ello, se tendrá en cuenta la principal normativa del sector minero que incide en estos aspectos, a saber: la Ley de Minas, el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y la Orden TED/252/2020, de 6 de marzo, por la que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria 02.0.01 «Directores Facultativos», dado que identifica la figura de persona responsable con la de la persona que ostente el cargo de Dirección Facultativa.
Conjuntamente, se analizan las diferentes universidades españolas en las que se estudia el Grado de Ingeniería de Minas, con sus titulaciones afines: recursos minerales y energéticos, tecnologías mineras, etc., de tal manera que se puedan identificar aquellas que en sus planes de estudios tienen recogidas asignaturas de seguridad y salud o de prevención de riesgos laborales, habida cuenta de la importancia que a futuro tendrán los titulados de Minas en el desempeño de su actividad profesional.
A modo de crítica constructiva a la situación actual en relación a la responsabilidad asumida por la Dirección Facultativa, la presente comunicación nos hará reflexionar acerca de si los actuales y futuros grados en minas están capacitados para ejercer “responsablemente” sus funciones en materia de seguridad y salud.
PALABRAS CLAVE: responsabilidad, seguridad, minería, competencias, titulaciones.